(Guayaquil, septiembre 3).- La Corte Constitucional inadmitió la acción extraordinaria de protección presentada por Conorte S.A., correspondiente a la multa impuesta por la prefecta del Guayas, Susana González, a la concesionaria por USD 38.000, debido al incumplimiento de entrega de información requerida.
El Tribunal de la Sala de Admisión de la Corte Constitucional, integrado por los jueces constitucionales Hernán Salgado Pesántez, Teresa Nuques Martínez y Daniela Salazar Marín, falló a favor de la Prefectura del Guayas, al no existir una justificación jurídica que explique cómo se habrían vulnerado los derechos alegados por la empresa concesionaria.
En 2020, la máxima autoridad de la provincia aplicó 11 multas a Concegua S.A. y a Conorte S.A., que suman un total de USD 38’361.857. Pese a que ambas concesionarias interpusieron recursos de apelación para las 11 multas, 9 resoluciones resultaron a favor en primera instancia, así como 10 en segunda instancia y hasta el momento 5 en la Corte Constitucional, ratificando que la Prefectura del Guayas actuó bajo derecho.